La revolución del transporte urbano

Si el ser humano elige compartir es que algo está saliendo bien. Todo empezó con la posibilidad de compartir a gran escala. Empezamos a compartir nuestra propia casa con viajeros del mundo o nuestra ruta en coche con otros usuarios. Poco después, se nos facilitó compartir nuestros conocimientos, habilidades y tiempo libre. Pero esto no ha acabado aquí: ahora también podemos compartir los vehículos que utilizamos para movernos por nuestra ciudad.

La irrupción de la tecnología en el sector del transporte urbano está revolucionando el concepto de movilidad que todos teníamos tan asumido. Aunque, para ser precisos, el cambio tecnológico que lo ha permitido ha sido doble: por un lado, se han producido importantes innovaciones en el sector de la automoción, como son la introducción y posterior estandarización del motor eléctrico en todo tipo de vehículos y, por otro, las ya cada vez más comunes plataformas tecnológicas basadas en algoritmos, que permiten optimizar recursos potenciando su uso en vez de su propiedad.

Teniendo en cuenta la velocidad a la que están creciendo estas nuevas plataformas tecnológicas y el éxito que tienen entre los usuarios, no es de extrañar que estén proliferando en un ámbito tan ávido de mejora como es el del transporte urbano. Las ciudades crecen y los ciudadanos cada vez vivimos más alejados de nuestros centros de trabajo y ocio, pero nuestro tiempo sigue siendo oro. No cabe duda de que vamos a aprovechar cualquier alternativa que nos permita movernos más cómodamente, es decir, a un bajo coste y en el menor tiempo posible.

En este contexto, iniciativas como el carsharing y, más recientemente, el motosharing y el bikesharing (sin olvidar el fenómeno patineta) están llegando a nuestras ciudades como un soplo de aire fresco. Y nunca mejor dicho. Estos servicios son, en un alto porcentaje, eléctricos, por lo que la reducción en la contaminación propiciada por estas nuevas formas de movilidad debería ser motivo suficiente para apostar por ellas.

No obstante, esta no es la única ventaja que presentan: no solo son ecológicos, sino que permiten reducir el número de vehículos que sí contaminan. Si existiese una oferta diversificada de vehículos compartidos, una parte de la población que a día de hoy continúa usando su vehículo privado optaría por una de estas alternativas más ecológicas, económicas y rápidas. El pasado año, la Fundación Creafutur publicó un estudio donde se afirma que el 55% de la población del Área Metropolitana de Barcelona estaría dispuesta a utilizar los nuevos servicios para compartir coche, como el carpooling o el one-way carsharing. Esta reducción de vehículos favorecería también la ordenación de la movilidad y reduciría la congestión urbana.

Ahora bien, también existen externalidades negativas. Una oferta descontrolada de motos, bicicletas y patinetes compartidos que puedan estacionarse en las aceras pueden llegar a causar problemas a los viandantes, acarrear comportamientos incívicos por parte de los usuarios e incluso competir en espacios públicos de estacionamiento con los particulares. Aquí es donde entra la regulación. Una gran cantidad de ayuntamientos de todo el mundo están empezando a regular estas nuevas modalidades de shared mobility vía ordenanzas y Barcelona, Madrid y Valencia no se quedan atrás.

Los poderes públicos locales deben entender que los distintos sistemas de movilidad compartida pueden generar unas ventajas nunca vistas para la ciudad y sus habitantes. No deben verlos como una competencia a los transportes públicos, sino todo lo contrario, contemplarlos como realmente son: un complemento a éstos, ya que normalmente los vehículos compartidos son usados para los trayectos de última milla.

Tampoco deberían verla como un servicio destinado a un uso principalmente turístico, ya que su público objetivo suelen ser los habitantes de la ciudad y su área metropolitana (por ejemplo, para darse de alta en Scoot, una de las operadoras instaladas en Barcelona, es necesaria una tarjeta de crédito de una entidad bancaria española). En este sentido, es fundamental que estos consistorios regulen siguiendo los principios de buena regulación emanados de la Unión Europea: se debe regular lo estrictamente necesario, de forma proporcionada, distorsionando lo mínimo la competencia entre competidores y no favoreciendo a unos en detrimento de los otros. Aunque estos principios parezcan muy lógicos, no siempre se cumplen, y empieza a preocupar que se vuelvan a cometer errores del pasado.

Los poderes públicos locales deben entender que la movilidad compartida puede generar ventajas nunca vistas para la ciudad”

En Barcelona, por ejemplo, se está cocinando ya una nueva ordenanza y, aunque se está haciendo a fuego lento, puede que no acabe siendo a gusto de ninguno de los comensales. Parece ser que la intención del consistorio es regular de forma bastante exhaustiva este tipo de servicios sharing. A priori, esto no debería suponer un problema, pero se intuyen ya ciertas limitaciones que pueden ser una barrera insalvable para el acceso y ejercicio de muchas de estas plataformas. En el caso del bikesharing, se prevé que la nueva ordenanza obligue a las bicis a estar aparcadas en las U invertidas, cuando gran parte de estas bicis compartidas disponen de sistemas de anclaje autónomo para estacionarse cómodamente en espacios reservados ad hoc en la acera y así evitar externalidades negativas. Esta obligación desincentiva la entrada de nuevos operadores y reduce espacio de estacionamiento para los particulares.

Por otro lado, para controlar la proliferación de la actividad de bikesharing, se plantea un sistema de licencias con numerus clausus. No hay mecanismo de intervención en el mercado más restrictivo y contrario a la Directiva de Servicios. ¿De verdad queremos regular la nueva movilidad compartida como tenemos regulado al taxi? Echándole un ojo a la situación actual del sector, es evidente que no es una buena solución.

Por si fuera poco, este Ayuntamiento propone la fijación de una tasa para la utilización privativa del dominio público para estos vehículos de movilidad compartida, fundamentada en el RDL 2/2004, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Desde el punto de vista de la teoría económica, es cierto que este mecanismo puede ser el más idóneo para regular este nuevo mercado, ya que no distorsiona a priori la competencia y sus ingresos pueden destinarse a compensar las posibles externalidades negativas causadas por estas nuevas formas de movilidad. Sin embargo, las primeras propuestas de tasa que se han puesto encima de la mesa parecen ser desproporcionadas en cuantía con la intención de desincentivar la entrada y reducir de forma exagerada el número de operadores.

La economía basada en el uso en detrimento de la propiedad está en auge y las plataformas tienen un papel esencial para conectar oferta y demanda. Las políticas públicas deberían orientarse a regular la actividad de estas plataformas siguiendo los principios de better regulation, aprovechando las oportunidades para el conjunto de la sociedad que este nuevo modelo genera. Las bases están asentadas, los instrumentos necesarios listos y los usuarios satisfechos. Solo hace falta una buena regulación que la acompañe.