Mercado telco en Argentina ingresa a laberinto jurídico y político

El presidente Mauricio Macri firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 267, publicado el 4 de enero, pero fechado el 29 de diciembre. La norma consolida la arremetida del nuevo Gobierno, asumido el 10 de diciembre, contra dos leyes sancionadas por el Congreso que fueron elaboradas por la administración de Cristina Fernández de Kirchner: Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y Ley Argentina Digital. También arrasa con los entes de control emanados de ambas leyes: la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la Autoridad Nacional TIC (AFTIC), respectivamente. Del decreto del presidente Macri surge un nuevo regulador, el Ente Nacional de Comunicaciones, Enacom, un ente autárquico y descentralizado que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Comunicaciones.

El Enacom estará conformado por un presidente y tres directores nombrados por el Ejecutivo Nacional, y otros tres directores en representación de las tres primeras minorías parlamentarias. Su duración en el cargo será de cuatro años y pueden ser reelegidos por un periodo. Sin embargo, “podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo Nacional en forma directa y sin expresión de causa”. Además, el quórum para sesionar es de cuatro directores. En otras palabras, el actual Gobierno contará con el control del regulador. Así, se desvanecen las posibilidades que Argentina cuente con una política de Estado para las TIC: pasarán a ser cuestiones gubernamentales, con las contingencias inciertas que lleva un futuro cambio de signo político, lo cual atenta contra la seguridad jurídica.

[blockquote]Se desvanecen las posibilidades que Argentina cuente con una política de Estado para las TIC: pasarán a ser cuestiones gubernamentales[/blockquote]

Los cambios introducidos por el DNU al andamiaje normativo del mercado audiovisual y de telecomunicaciones son significativos. Modifica dos leyes, al entender que “conspiran contra el proceso de convergencia” y prevé que el Ministerio de Comunicaciones encargue una comisión para elaborar un proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de la (mal llamada) Ley de Medios y TIC.

Sin embargo, a pesar de un supuesto tratamiento legislativo a futuro para modificar las leyes, el DNU ya incluyó cambios a las mismas.

Como toda modificación, implica ganadores y perdedores. En la primera columna se inscribe el Grupo Clarín, el mayor diario de circulación nacional, propietario de una de las señales de TV abierta más vistas (Canal 13), de una radio líder (Mitre) y dueño del principal jugador de TV paga en Argentina por medio de Cablevisión y uno de los mayores proveedores de acceso a Internet a través de Fibertel, entre otros activos. Clarín suele imponer la agenda política de la Argentina.

El holding estaba fuertemente afectado por la Ley de Medios que lo obligaba a una desinversión y separación de activos. Esa exigencia deja de correr.  A su vez, el Grupo Clarín impugnó artículos de la Ley de Medios que consideraba anticonstitucionales aunque fueron avalados por la Corte Suprema de Justicia; ahora cambiaron por decreto.

El DNU también prorroga las licencias de servicios audiovisuales de manera automática por cinco años, con una segunda prórroga sujeta a revisión por diez años. Son periodos más extensos que los previstos en la legislación anterior.

A su vez, los cambios introducidos por el DNU ponen un freno a las expectativas de Telefónica, Telecom y Claro de ingresar al mercado de televisión paga. La ley Argentina Digital las habilitaba a prestar el servicio por medio de vínculos físicos (cable) pero ahora el decreto 267 las hace esperar dos años –enero 2018- con la posibilidad de un año más, de acuerdo con lo que disponga Enacom. Esa ventana de un año no queda exenta de convertirse en una moneda de cambio para cualquiera de los jugadores a voluntad del Gobierno.

Los diferentes laberintos

La opción elegida por el Gobierno para introducir cambios, es decir, por un DNU que evita –por ahora- el Congreso, van en contra de las mejores prácticas internacionales, a pesar que el mismo decreto busca “modernizar” el marco legal y cita como ejemplo la reforma constitucional de México que habilitó cambios en la regulación de medios y telecomunicaciones en aquel país. El proceso mexicano implicó un largo camino de negociaciones entre los partidos políticos y los funcionarios del regulador del mercado resultante, Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fueron elegidos por medio de concursos públicos, a diferencia del Enacom.

De todas formas, el DNU deberá transitar la aprobación del Congreso argentino. Allí, una comisión bicameral compuesta por ocho diputados y ocho senadores en proporcionalidad de la representación parlamentaria deberá sentenciar la validez o no del Decreto de Necesidad y Urgencia. En caso que la bicameral no trate el DNU, deberá hacerlo el Congreso. Y allí, el Poder Ejecutivo personificado en Mauricio Macri lleva las de perder.

El Frente para la Victoria, partido que dejó el Gobierno, aún es la primera minoría tanto en el Senado (43 bancas de un total de 72), como en Diputados (117 escaños de un total de 257). Los partidos aliados que llevaron a Macri a la Presidencia no alcanzan para torcer el Senado y deberá recurrir a alianzas para avanzar en la Cámara Baja.

El Congreso no puede modificar los DNU: los aprueba o rechaza, sin posibilidad de cambios.

Una particularidad del DNU es que, durante su vigencia, quedan a salvo los derechos adquiridos por el decreto. En caso que sea aprobado no habría mayores problemas, pero si el Congreso lo desaprueba, podría abrirse una maraña de decisiones judiciales imprevisibles. De hecho, algunas de las medidas contempladas por el DNU fueron anunciadas el 29 de diciembre (fecha de emisión que figura en el decreto) y al día siguiente un juez dictaminó como inválida la supresión de las facultades de AFSCA. Las leyes y decretos entran en vigencia una vez publicados en el Boletín Oficial. El DNU 267 fue publicado el 4 de enero.

Cambios pro mercado

El DNU avanza en cambios que van de la mano con una aproximación a las leyes de mercado. En este sentido, permite la venta de licencias de servicios, previa autorización del Enacom. “Las transferencias de licencias y de participaciones accionarias o cuotas sociales sobre sociedades licenciatarias, se considerarán efectuadas ad referéndum de la aprobación del Enacom, y deberán ser comunicadas dentro de los 30 días posteriores a su perfeccionamiento. Si el Enacom no hubiera rechazado expresamente la transferencia dentro de los 90 días de comunicada, la misma se entenderá aprobada tácitamente…”. Una de las operaciones que contará con el visto bueno del Enacom es la compra de Nextel por parte de Clarín, operación que estaba frenada en la extinta AFTIC. Ahora el multimedios podrá prestar servicios móviles, cumpliendo así un viejo anhelo.

Por su parte, las asociaciones sin fines de lucro no pueden vender sus licencias.

A su vez, el DNU incrementa el porcentaje permitido que una sociedad puede vender en el mercado de valores. La Ley de Servicios Audiovisuales permitía hasta un 15% en el caso de los servicios de comunicación audiovisual abierta y un 30% en el caso de los servicios de comunicación audiovisual por suscripción. Ahora en ambos casos puede venderse en la bolsa hasta un 45%. Bajo esta flexibilización cabe augurar un proceso de compras y ventas de diferentes empresas.