Osiptel exigirá 60% de cobertura a operadores móviles

(Perú) Los operadores de telefonía móvil, telefonía fija inalámbrica e Internet móvil no podrán comercializar sus productos y afirmar que gozan de cobertura, si no garantizan que su servicio llegue al 60% de la zona donde prestan servicios. Así lo dispone el nuevo reglamento del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), que entrará en vigencia el 1 de enero de 2014.

El reglamento precisa que en el primer año de aprobada la norma, las empresas deberán brindar, al menos, el 30% de cobertura en las provincias, distritos o centros poblados donde operan. Al segundo y tercer año, un 45% y 60% de cobertura, respectivamente.

Asimismo, dispone que las empresas deberán informar a los usuarios sobre los centros poblados en que cuenta con cobertura, publicar la información en sus páginas web y habilitar un número telefónico de atención. Si la empresa operadora brinda información inexacta de su cobertura, esta deberá devolver a los usuarios el monto por los servicios contratados.