Suspenden cumplimiento de fallo que obliga a devolver espectro de banda 700 MHz

Los conflictos de las telefónicas siguen dando que hablar. Ahora en Chile el enfrentamiento de Entel, Movistar y Claro con la Corte Suprema pone a ese país en ascuas.

En 2014 Conadecus presentó una consulta y, posteriormente, una demanda por un presunto acaparamiento de espectro que ejercerían las tres mayores empresas de telefonía (Entel, Movistar y Claro). El TDLC rechazó la acción de la corporación, pero la Corte Suprema revocó el fallo del tribunal y, finalmente, éste debió redactar una sentencia.

En concreto la resolución del Tribunal Constitucional suspendió por un lado la apelación en la Corte Suprema y también el juicio de Conadecus en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC)en el que exigía a Claro, Entel y Telefónica la devolución del espectro.

Entel -representado por Cristóbal Eyzaguirre- pidió la paralización del proceso en la Corte Suprema del recurso de apelación, y Movistar -defendido por Javier Velozo-, no sólo solicitó lo mismo, sino que también la paralización del último juicio que impulsó la corporación de consumidores. Ambas peticiones fueron acogidas en su integridad por el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional acogió a trámite los recursos de inaplicabilidad que ingresaron Entel y Movistar a fin de revertir el fallo de la Corte Suprema que los obliga a desprenderse de espectro en equivalente al adjudicado en la licitación de banda 700 MHz previamente a que concluya la consulta que ingresó la Subsecretaria de Telecomunicaciones para cambiar el límite de 60 MHz por compañía al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

Desde Subtel explicaron que “la orden de no innovar del Tribunal Constitucional solo suspende de forma temporal la ejecución del fallo de la Corte Suprema que condenó a las empresas Entel, Claro y Movistar a enajenar o restituir espectro radioeléctrico. Lo anterior no suspende la consulta sobre el Plan Nacional de Espectro de la Subtel que se encuentra en tramitación en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia”

Hace unos días Claro se sumó a ambos requerimientos, solicitando, hacerse parte en los mismos términos, y finalmente por economía procesal ambos procesos serían acumulados en los próximos días. El panorama para las empresas se vuelve aún más favorable si se considera que de decretarse la admisibilidad el proceso, la paralización del proceso de desprendimiento de espectro se alargaría al menos unos ocho meses, comentaron en las empresas.

Por su parte, Conadecus –defendida por los abogados Mario Bravo y Cristián Reyes- al cierre de esta edición aún no decidía si se haría parte del proceso en el Tribunal Constitucional.

La corporación lanzará una férrea oposición al proceso declarando inadmisible los recursos de Entel y Movistar.

Entel y Movistar solicitaron al TC dejar sin efecto la aplicación del artículo 27 del Decreto Ley N° 211 que según explicaron sería contrario al artículo 19 de la Constitución, pues impediría el legítimo derecho a su defensa al no poder ejercer una apelación en contra de la sentencia.

“Vulnera la igualdad ante la ley procesal, pues impide a quienes son partes en un procedimiento incidental de ejecución de sentencia en el TDLC poder solicitar la revisión de la sentencia definitiva que le ponga término a la instancia por el propio tribunal especial o su superior jerárquico”, sostuvo Movistar.

Para Entel “el cumplimiento inmediato, y puro y simple, de la Obligación de Enajenación sería grave para el sistema de telecomunicaciones chileno y sus consumidores – lo que está en juego trasciende por mucho al interés privado de Entel o de las demás compañías móviles”.

Según la compañía controlada por el Grupo Almendral (ligado a las familias Hurtado Vicuña y Matte) “el espectro es el insumo sobre el que transitan los millones de datos que los consumidores chilenos intercambian a cada segundo”.

“Hoy Entel tiene asignado -y emplea efectivamente- concesiones móviles por 150 MHz. A su vez, Claro tiene 115 MHz, Telefónica tiene 115 MHz, WOM tiene 60 MHz y VTR tiene 30 MHz (VTR no utiliza su espectro)”, sostuvo la Entel en su requerimiento ante el Tribunal Constitucional.

“Así, de imponerse a Entel, Claro y Telefónica desprenderse de inmediato, y pura y simplemente, del espectro en exceso a 60 MHz adquirido en el concurso 700, los consumidores chilenos tendrían que funcionar con una porción menor de su capacidad actual. En términos simples, sería como pretender que de la noche a la mañana el Metro de Santiago pase a funcionar sin varias de sus líneas más utilizadas. El resultado sería muy grave”, advirtió la compañía.